1. Home
  2. Contingencias Profesionales: El accidente de trabajo
  3. ¿Qué tipo de accidentes hay que comunicar a la autoridad laboral?

¿Qué tipo de accidentes hay que comunicar a la autoridad laboral?

Existe obligación de comunicar los accidentes laborales con baja médica y sin baja médica, además de los considerados como accidentes cualificados, es decir, aquellos considerados como graves, muy graves o mortales o que afecten a 4 o más trabajadores.

  • Accidentes laborales con baja:

Se deberá cumplimentar el parte de accidentes correspondiente en aquellos casos que impliquen la ausencia del accidentado del lugar de trabajo, al menos un día (excluyendo el día del accidente), una vez que la empresa ha recibido la baja médica.

La empresa dispone de 5 días hábiles siguientes a la fecha del accidente o de la baja, si es posterior, para remitir el parte a la entidad gestora o colaboradora, quien, a su vez, lo remitirá a la autoridad laboral

 

  • Accidentes laborales cualificados:

En este caso, el accidente deberá notificarse en el plazo máximo de 24 horas a la autoridad laboral. La autoridad laboral dará traslado de dicha comunicación a la Inspección de Trabajo a fin de que practique la consiguiente investigación sobre las causas y circunstancias que en él hayan concurrido, así como al órgano técnico de la CCAA.

 

  • Accidentes que no causan baja médica:

Se producen cuando la ausencia del accidentado sólo se da el día en que ocurre el accidente, o la reincorporación se produce a lo largo de la jornada laboral siguiente a la del accidente.

La notificación se realiza a la entidad aseguradora donde radica el centro de trabajo mediante relación mensual en el plazo de los primeros 5 días hábiles del mes siguiente al que se refieren los datos.

Updated on 9 febrero, 2022

Related Articles