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¿Cuáles son las consecuencias jurídicas de las conductas discriminatorias?

Los actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo se considerarán nulos y sin efecto, y darán lugar a responsabilidad a través de un sistema de reparaciones o indemnizaciones que sean reales, efectivas y proporcionadas al perjuicio sufrido, así como, en su caso, a través de un sistema eficaz y disuasorio de sanciones que prevenga la realización de conductas discriminatorias. 

Art 10 LO 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres (LOIEMH)

Updated on 2 junio, 2021

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