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¿Cuáles son las infracciones y sanciones por incumplimientos en materia de planes de igualdad?

Art. 7.13 y 8.17 RD Legislativo 5/2000,

  • Infracción grave:

No cumplir las obligaciones que en materia de planes y medidas de igualdad establecen la Ley de Igualdad, el Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo que sea de aplicación.

Contempla sanciones económicas que pueden oscilar entre los 626 y los 6.250 euros.

  • Infracción muy grave:
    • No elaborar o no aplicar el plan de igualdad, o hacerlos incumpliendo manifiestamente los términos previstos.
    • El acoso sexual, cuando se produzca dentro del ámbito a que alcanzan las facultades de dirección empresarial, cualquiera que sea el sujeto activo de la misma
    • El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad y orientación sexual y el acoso por razón de sexo, cuando se produzcan dentro del ámbito a que alcanzan las facultades de dirección empresarial, cualquiera que sea el sujeto activo del mismo, siempre que, conocido por el empresario, éste no hubiera adoptado las medidas necesarias para impedirlo.

Contempla sanciones económicas que pueden oscilar entre los 6.251 y los 187.515 euros.

 

Updated on 25 mayo, 2021

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